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El día 3 de diciembre de 2018 se ha publicado en el DOCM la Resolución de 21 de noviembre de 2018, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, durante el curso 2018/2019.

Plazo de presentación de solicitudes:

Del 4 al 26 de diciembre de 2018, mediante solicitud electrónica en la plataforma Papás 2.0Este enlace se abrirá en una ventana nueva.

Ayudas individuales de transporte escolar para el curso 2018/2019 destinadas a financiar el coste del desplazamiento del alumnado en sus dos modalidades, diario o de fin de semana.

Beneficiarios: los alumnos que no hayan podido hacer uso del servicio de transporte escolar por alguna de las siguientes causas:
a) Inexistencia de rutas programadas de transporte escolar.
b) Supresión de ruta de transporte existente.
c) Encontrarse su domicilio a más de 2 Km de la parada de transporte escolar más próxima.
d) Estar inscrito en el centro docente en alguno de los programas educativos cuyo horario resulte incompatible con el transporte escolar. En estos casos el alumnado percibirá la ayuda individual por un importe que se determinará en función de la distancia al centro y del número de días de asistencia a dichos programas.
e) Encontrarse interno en residencias no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,
por no contar en su localidad de origen, con centro o plazas vacantes en su nivel de escolarización. En este
caso, el derecho a la ayuda de transporte será exclusivamente los fines de semana.
f) Huelga de transporte contratado por la Administración. En estos casos el alumnado percibirá la ayuda individual
por un importe que se determinará en función de la distancia al centro y del número de días que la huelga de transporte
ha afectado a la prestación del servicio.

Requisitos: 
a) Estar matriculado y asistir con regularidad a las clases en centros docentes públicos de Castilla-La Mancha en 
Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial.

b) Estar matriculado en los niveles de enseñanza del apartado anterior en un centro docente público de su zona o
ámbito de escolarización dependiente de la Consejería con competencias en materia de educación o haber sido escolarizado de oficio por la consejería con competencias en materia de educación no universitaria en centros públicos
de la Comunidad localizados en municipios distintos al de su residencia.
c) Carecer en el municipio de residencia de centro público adecuado a su nivel de estudios.
d) El domicilio familiar del alumno deberá estar situado fuera de un radio de 5 kms del centro educativo en el que
está matriculado.
Para el supuesto del alumnado matriculado en un centro de Educación Especial, ubicado en la misma o en distinta
localidad del domicilio familiar, cuando las necesidades derivadas de su discapacidad, dificulten su desplazamiento
al centro de acuerdo con lo que establezca el dictamen de escolarización, la distancia al centro escolar será superior
a 1 km. Se considerará incluido en este punto, el alumnado de integración escolarizado en centros públicos
ordinarios, con discapacidades motóricas o de otro tipo, que justifiquen la necesidad de ser usuario del transporte
escolar.
e) Residir en pedanía o población rural dispersa perteneciente a la misma localidad donde esté ubicado el centro de 
estudios, y cumplir el requisito de distancia superior a 5 Km., desde su domicilio al límite del casco urbano.